miércoles, 9 de enero de 2013

Tarjeta Sanitaria Europea.

Tarjeta Sanitaria Europea :


La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es el documento personal e intransferible que acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, durante su estancia temporal por motivos de trabajo, estudios, turismo, en el territorio de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y en Suiza, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración de la estancia, de acuerdo con la legislación del país de estancia.
La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) no es válida cuando el desplazamiento tenga la finalidad de recibir tratamiento médico.

-Beneficiarios:
Titulares del derecho y beneficiarios a su cargo que cumplan los requisitos exigidos por la legislación española y por los Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social de la Unión Europea.                        

- Solicitud y Renovación:
Por Internet, en Sede Electrónica de la Seguridad Social, no siendo necesario disponer de certificado digital para acceder a este servicio


Solicitud de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE):
En algunos supuestos no se podrá solicitar a través de este servicio, sino que deberá personarse en cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), al ser necesario aportar documentación que acredite el derecho a exportar las prestaciones sanitarias.
Cualquiera que sea la forma de solicitud de la TSE, ésta se enviará al domicilio del solicitante en un plazo no superior a 10 días, no entregándose en mano en ningún caso.
Si no se puede obtener la TSE, podrá solicitarse un Certificado Provisional Sustitutorio (CPS)
Solicitud del Certificado Provisional Sustitutorio (CPS)

                          
  Validez:
La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es válida por 2 años, indicándose la fecha de caducidad en la misma. Si usted necesita acreditar el derecho a recibir prestaciones sanitarias en un periodo anterior deberá necesariamente solicitar un Certificado Provisional Sustitutorio (CPS).
Es válida en paises como Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza.




Realizado por: Miguel Rodriguez Camacho

2 comentarios:

  1. Tengo entendido en.suiza no.sirve al no formar parte de la EU.

    ResponderEliminar
  2. Tengo entendido en.suiza no.sirve al no formar parte de la EU.

    ResponderEliminar